
Concesiones / Registros
Servicios y tráfico telefónico
Comercialización, es la actividad que consiste en adquirir servicios y volumen de tráfico al por mayor con la finalidad de ofertarlos a terceros. Los comercializadores deben estar inscritos en el Registro de Comercializadores.
Comercializadores concesionarios
Son aquellos que contando con concesión para prestar Servicios Públicos de Telecomunicaciones, pueden comercializar servicios y/o tráfico de terceros, previa inscripción en el Registro de Comercializadores.
Comercializadores puros
Son aquellos que sin contar con concesión para prestar servicios públicos de telecomunicaciones, pueden comercializar servicios y/o tráfico de terceros, previa inscripción en el Registro de Comercializadores.
El trámite es de evaluación previa sujeta a silencio administrativo positivo y el plazo de atención es de diez días.