Capacidad satelital
La provisión de capacidad satelital a titulares de concesión y/o autorización de servicios de telecomunicaciones que operen en el país, sólo se hará a través de personas, nacionales o extranjeras, que se encuentren inscritas en el Registro de proveedores de capacidad satelital.
Este procedimiento es de aprobación automática y el registro tiene una validez de quince años.
Tratándose de proveedores de capacidad satelital que empleen satélites geoestacionarios, es un requisito haber obtenido el registro de los mismos en la Lista Andina Satelital, lo cual deberá acreditarse mediante la presentación del Certificado de Registro que por cada satélite conceda la Secretaría General de la Comunidad Andina.
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Base legal
Información de registros