Transporte Terrestre / Entidades complementarias
Autorización como entidad certificadora de conversión a GLP
Vigencia: Dos (02) años.
BASE LEGAL: Ley N°27181 (08.10.99), literal d) del Art. 23° D.S.N° 016-2008-MTC (18.04.2008) Art. 2: Directiva N° 001-2005-MTC/15, aprobada por RD N°3990-2005-MTC/15, Art. 5° numeral 5.2
- Solicitud según formulario.
- Copia del Testimonio de Constitución de la empresa inscrito en los Registros Públicos. En caso de personas jurídicas extranjeras documento equivalente otorgado conforme a las normas del país de origen traducido y legalizado.
- Copia simple del documento que acredita las facultades de la persona natural en representación del solicitante y Certificado de Vigencia de poder, inscritos en los Registros Públicos, con antigüedad no mayor a 15 días de su presentación.
- Relación del personal técnico de la empresa que pretenda ser acreditada como Entidad Certificadora de Conversiones a GLP.
- Registro de firmas de los ingenieros acreditados autorizados en tres ejemplares según anexo.
- Póliza de seguro de responsabilidad civil profesional con una cobertura de la póliza para Lima Metropolitana, Callao y Lima Provincia por un equivalente a 100 UIT y para regiones al interior del país un equivalente a 10 UIT por cada región en la solicite operar.
- Carta Fianza Bancaria emitida por una entidad bancaria autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones a favor del MTC.
- Documento que acrediten la propiedad de los equipos exigidos.
- Copia de la Resolución de homologación vigente del analizador de gases expedido por la Dirección General de Asuntos Ambientalesdel Ministerio de Transportes y Comunicaciones conforme a lo establecido en las normas vigentes.
- Copia del certificado de calibración vigente emitido por el fabricante del analizador de gases o por su representante autorizado en el país.
- Copia de la Resolución de autorización de uso de los equipos para medición de emisiones vehiculares otorgada por la Dirección General de Asuntos Ambientalesdel Ministerio de Transportes y Comunicaciones conforme a lo establecido en las normas vigentes.
- Declaración jurada, según anexo.
- Pago por derecho de tramitación.