Transporte Terrestre
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Comunicado
Autorización de Incorporación de Vehículos Especiales En atención a las múltiples consultas que viene recibiendo la Dirección General de Transporte Terrestre, con relación a la incorporación de vehículos especiales, se pone en conocimiento lo siguiente:
- Toda solicitud de autorización para la importación o fabricación de vehículos especiales debe dirigirse a la Dirección General de Transporte Terrestre (DGTT), antes del ingreso o fabricación del vehículo.
- La evaluación de las solicitudes es efectuada por la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre, órgano de línea de la DGTT.
- En caso el administrado decida realizar la importación sin contar previamente con la opinión favorable de la DGTT, dicha decisión será bajo su propio riesgo y responsabilidad, no pudiendo ser materia de reclamos posteriores al MTC en caso de denegatoria debidamente sustentada.
- Las normas que sustentan lo indicado anteriormente se encuentran vigentes desde el año 2003.
Base legal: Decreto Legislativo Nº 843; Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por D.S. Nº 058-2003-MTC.