Transporte terrestre

Transporte Terrestre / Licencias

CANJE DE LICNECIAS DE CONDUCIR MILITAR O POLICIAL


Requisitos:


La Licencia de Conducir expedida de acuerdo al Reglamento de Tránsito Militar o al Reglamento de Licencia de Conducir Policial podrá canjearse por una de la clase y categoría equivalente a la establecida en el presente Reglamento, para el conductor militar o policía dado de baja, en situación de disponibilidad o retiro, adjuntando los siguientes requisitos:


  1. Presentar el formulario con carácter de declaración jurada, aprobado por la DGTT mediante Resolución Directoral, en el que se consignen los datos personales del solicitante, debidamente llenado y suscrito.
  2. Edad y/o grado de instrucción requerida para la clase y categoría de licencia que solicita canjear.
  3. Oficio del Director de la Escuela de Material de Guerra o del Órgano competente de la Policía Nacional del Perú, donde indique la clase y categoría equivalente de licencia de conducir, según el presente Reglamento, que autoriza a conducir la licencia militar o policial.
  4. No contar con multas pendientes de pago ni sanciones pendientes de cumplimiento por infracciones tipificadas en el Anexo I del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la vía administrativa, según la información del Registro Nacional de Sanciones. En caso el solicitante haya impugnado en la vía contencioso administrativa, se dará por cumplido este requisito con la presentación de la copia certificada de la sentencia judicial o de la resolución judicial que dicta medida cautelar favorables a los intereses del solicitante.
  5. Declaración jurada de no estar privado por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho a conducir vehículos del transporte terrestre.
  6. Certificado de salud que acredite la aptitud para conducir vehículos automotores de transporte terrestre y de suficiencia técnica, expedido por la Escuela de Material de Guerra o Centro Médico Policial, según sea el caso.
  7. Copia simple de la resolución y/o documento que acredite la baja del servicio activo.
  8. Copia simple de la Licencia de Conducir militar o policial en vigencia.
  9. Pago por derecho de tramitación.